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¿Hablamos?

TODO SOBRE LA AUDITORÍA DE CUENTAS DE EMPRESA

Gracias a los años de experiencia de Capital Auditors, como auditores de cuentas para numerosos clientes, sabemos que esta cuestión se suele repetir entre aquellas empresas que se encuentran en un proceso de crecimiento o expansión.
En el blog de esta semana hemos querido solventar esta cuestión y por ello os traemos algunos casos en los que la empresa tiene la obligación de auditar sus cuentas anuales y los requisitos que ha de cumplir.

En general, por cuantía.

Aquellas entidades, sea cual sea su naturaleza jurídica, han de realizar una auditoría de cuentas anual siempre que reúnan durante dos ejercicios consecutivos alguna de las cantidades expuestas a continuación.

  1. Que el importe total de las partidas de activo supere los 2.850.000 euros.
  2. Que el importe neto de la cifra de negocios supere los 5.700.000 euros.
  3. Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a 50.

En el caso de las entidades públicas, de las cuales también hablaremos más adelante, han de cumplirse alguna de estas condiciones, durante dos ejercicios consecutivos,

  1. El total de las partidas de activo supere los 4.000.000 euros.
  2. El importe neto de su volumen anual de ingresos por la actividad propia más, en su caso, el de la cifra de negocios de su actividad mercantil sea superior a 8.000.000 euros.
  3. El número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a 50.

Las cooperativas

En el caso de las cooperativas, han de auditar sus cuentas anuales siempre que se den las condiciones anteriores, pero además también cuando sucedan los siguientes casos:

  1. Lo exijan los propios estatutos.
  2. Lo soliciten el 5% de los socios.
  3. Se acuerde en Asamblea General.

Empresas muy consolidadas

En este caso, cuando se cumplan al menos dos de las siguientes condiciones, también durante dos ejercicios consecutivos la sociedad tiene la obligación de auditar sus cuentas.

  1. Que el total de las partidas del activo supere los 11.400.000 euros.
  2. Que el importe neto de su cifra anual de negocios supere los 22.800.000 euros.
  3. Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a 250.

Las fundaciones

Las fundaciones en las que, a fecha de cierre del ejercicio actual, se den al menos dos de las circunstancias siguientes:

  1. El total de las partidas de activo supera los 2.400.000 euros.
  2. El importe neto de su volumen anual de ingresos por la actividad propia más, en su caso, el de la cifra de negocios de su actividad mercantil sea superior a 2.400.000 euros.
  3. El número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a 50.

Empresas del sector público

Para aquellas entidades que hayan recibido subvenciones o ayudas con cargo al presupuesto de las administraciones públicas o fondos comunitarios por un importe acumulado superior a 600.000 euros durante el ejercicio, estarán obligadas a presentar cuentas anuales auditadas del ejercicio correspondiente al citado ejercicio. , así como para realizar la citada subvención o ayuda correspondiente al ejercicio de la inversión.

De la misma forma, para aquellas entidades que hayan celebrado contratos con el sector público y el importe total acumulado supere los 600.000 euros, lo cual suponga más del 50% del importe neto, estarán obligadas a presentar las cuentas anuales auditadas correspondientes a ese ejercicio y al ejercicio siguiente.

Estas son algunas de las casuísticas que han de darse para llevar a cabo una auditoría de cuentas, pero por norma general, aquellas empresas con una gran cantidad de facturación anual, han de realizarla. Por eso en Capital Auditors ofrecemos nuestro servicio de auditoría financiera, facilitando de esta forma la vida a nuestros clientes. No dudes en contactar con nosotros.

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