Se trata de un formulario de la Agencia Tributaria que se utiliza después de confeccionar la declaración de la renta. El Modelo 145 de retenciones sobre rendimientos del trabajo sirve para comunicar a la empresa tus datos personales y familiares que se usarán para calcular la retención de IRPF que te corresponde.
El pagador, es decir, la compañía, es la que está obligada a retener un porcentaje de los ingresos del trabajador para el futuro pago de la declaración de la renta. Además, debe asegurarse de que esta retención en la nómina está bien calculada en base a la información que le transmitas.
A partir de ahí, es obligación del trabajador que la información se ajuste a su situación real. De ahí, por ejemplo, que sea necesario rellenar de nuevo el formulario cuando se producen cambios a lo largo del año.
La mayor parte de las empresas enviará el Modelo 145 a sus empleados todos los años, pero lo cierto es que no es obligatorio rellenarlo si no ha habido un cambio de situación en alguno de los apartados anteriores respecto a la última vez que se rellenó.
Tampoco hay que rellenarlo a principio de año si ya se comunicó el cambio empresa para calcular las retenciones de IRPF.
En el caso de que haya cualquier dato incorrecto serás el empleado quien tenga que asumir las consecuencias y no la empresa, cuyo único deber es calcular correctamente el porcentaje según la información que ha presentado.
Qué sucede cuando hay errores
Es cierto que todo el mundo se equivoca y es posible que bien la empresa o el trabajador haya cometido un fallo al informar de la situación personal o al calcular la retención de la nómina.
El punto de partida básico es el siguiente: es obligación de la empresa realizar un cálculo correcto de las retenciones, pero también lo es del trabajador que los datos que proporciona sean veraces.
En otras palabras, si la empresa no calculó bien será su culpa y deberá asumir las consecuencias, que van desde sanciones hasta el pago de la diferencia en caso de haber perjudicado al empleado. Por eso mismo es que desde Capital Auditors siempre recomendamos consultar una auditoría financiera experta, para así evitar estas sanciones.
Por el contrario, cuando es el trabajador quien comunica datos inexactos, falsos o incompletos te expones a una sanción por parte de Hacienda. El artículo 205 de la Ley General Tributaria define estos errores como una infracción tributaria sancionable con una multa de entre el 35% y el 150% del dinero que se ha dejado de retener.