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¿Elegir una sociedad anónima o una sociedad limitada?

¿Elegir una sociedad anónima o una sociedad limitada?

A la hora de crear una sociedad pueden surgir diversas dudas. La más frecuente es determinar que tipo es el que mejor encaja con la actividad que se quiere realizar. Siempre conviene conocer las características de todas las opciones que existen. En el ordenamiento jurídico español se recogen en el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.

La principal división que existe actualmente se establece entra una sociedad anónima y una sociedad limitada. Existen otras formas jurídicas para crear una empresa como son las cooperativas o las sociedades comanditarias. En este artículo nos vamos a centrar sólo en las dos primeras opciones ya que son las más frecuentes.

Para empezar, lo mejor es conocer las características de estas modalidades. La sociedad limitada (S. L.) se puede constituir con un capital mínimo de 3.000 € y puede estar formada por socios capitalistas, así como por socios trabajadores. La responsabilidad (si se diera) sólo afecta al capital aportado y a los bienes a nombre de la empresa.

Una de las principales características diferenciadoras es que la transmisión de las participaciones en una sociedad limitada está restringida. Sólo se puede realizar conforme a lo establecido a sus estatutos (o en su defecto la ley) y los socios tienen derechos de adquisición preferente.

La sociedad anónima requiere de un capital mínimo para su formación de 60.000 €. Se puede desembolsar primero el 25 % y el resto en un plazo de 5 años. La responsabilidad también está restringida al dinero que aportan los socios, así como los bienes que sean propiedad del negocio.  Como en la sociedad limitada, sus socios pueden ser capitalistas o trabajadores.

La principal diferencia se establece en la transmisión de las participaciones que se constituyen con acciones. Para la sociedad anónima es totalmente libre y se puede hacer mediante una compraventa o cualquier otro tipo de contrato.

Cuándo establecer una sociedad limitada o una sociedad anónima

La elección entre sociedad limitada y sociedad anónima depende directamente del tipo de empresa que se quiera hacer. La creación de una sociedad limitada es mucho más fácil. El capital inicial es más reducido y requiere de menos burocracia. Por eso es una de las modalidades más habituales.

La sociedad limitada es muy usada por pequeños negocios que cuentan con recursos más limitados. También es perfecta para quienes se van a dedicar a una actividad durante un largo periodo de tiempo. Si el objetivo no es enriquecerse con la transmisión de las participaciones, entonces es la mejor elección.

Para crear una sociedad anónima los requisitos son más exigentes. También para su funcionamiento se requiere de ciertas formalidades que se deben cumplir. Esta forma jurídica siempre se ha asociado a grandes empresas, aunque no es una característica fundamental.

Cabe mencionar que la ley establece que algunas actividades deben realizarse mediante sociedad anónima obligatoriamente. Tal es el caso de las farmacéuticas, las gestoras de fondos de pensiones o las sociedades que se dedican al sector bancario.

Uno de los principales atractivos de la sociedad anónima es que las acciones pueden cotizar en bolsa. En un momento dado, la venta de estas participaciones dentro de una estrategia de negocio puede producir un gran enriquecimiento.

En Capital Auditors realizamos labores de consultoría que pueden ser aprovechadas tanto por las sociedades anónimas como por las sociedades limitadas. Nuestros profesionales cuentan con amplios conocimientos que le pueden ser de gran ayuda. Contacte ya con nuestro equipo para recibir más información o si necesita consultar cualquier duda.

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