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Cuenta Corriente Tributaria, ¿qué es y cómo acogerse?

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¿Quieres simplificar y optimizar la gestión de tus obligaciones fiscales? El sistema de Cuenta Corriente Tributaria (CCT) en España ofrece a las empresas una oportunidad invaluable. Octubre es un mes clave, si quieres optar a la CCT para 2024. En este artículo, exploraremos en detalle qué es la Cuenta Corriente Tributaria, los requisitos para acogerse y más.

¿Qué es la Cuenta Corriente Tributaria?

La Cuenta Corriente Tributaria es un sistema implementado y regulado por el RD 1065/2007, de 27 de julio en España. ¿El objetivo? Simplificar el proceso de pagos y devoluciones de impuestos. Bajo este sistema, los contribuyentes pueden consolidar sus obligaciones tributarias, facilitando así el cumplimiento de sus responsabilidades fiscales.

Este mecanismo permite la consolidación de autoliquidaciones periódicas de impuestos en un solo pago trimestral. Ello se traduce en ahorros financieros sustanciales.

La determinación del saldo de la cuenta en el sistema de Cuenta Corriente Tributaria (CCT) es un proceso esencial. Permite calcular la diferencia entre los créditos y débitos tributarios de una empresa en un período específico.

En primer lugar, se identifican y registran los créditos y débitos tributarios de la empresa en el período determinado. Los créditos corresponden a las cantidades a favor del contribuyente, mientras que los débitos representan las cantidades que la empresa debe pagar a la Agencia Tributaria.

Una vez que se han registrado los créditos y débitos, se procede a compararlos. Se restan los débitos de los créditos para determinar el saldo resultante. Si los créditos superan a los débitos, se generará un saldo a favor de la empresa. Si los débitos son mayores que los créditos, habrá un saldo a pagar.

La determinación del saldo de la cuenta se realiza en fechas específicas a lo largo del año fiscal. En el sistema de CCT.

Estas fechas son:

  • 31 de marzo
  • 30 de junio
  • 30 de septiembre
  • 31 de diciembre

En estos momentos, se realiza el cálculo del saldo de la cuenta. Una vez determinado el saldo de la cuenta, la Agencia Tributaria notifica a la empresa sobre el resultado. Esta notificación incluye información detallada sobre el saldo a favor o a pagar.

La empresa tiene un plazo específico (generalmente 10 días) para presentar alegaciones y proporcionar documentación adicional si no está de acuerdo con el saldo determinado por la Agencia Tributaria.

Luego de considerar las alegaciones y documentación presentada por la empresa, la Agencia Tributaria procede a liquidar el saldo. Si el saldo es a favor de la empresa, la Agencia realiza el abono en la cuenta bancaria designada. Si es a pagar, la empresa deberá realizar el ingreso en el plazo establecido.

Por orden ministerial, se puede establecer una cantidad mínima a partir de la cual no se requiere realizar el ingreso o la devolución. Esto puede aplicarse en casos donde el saldo es relativamente bajo.

Este proceso de determinación del saldo de la cuenta se repite trimestralmente mientras esté vigente el sistema de Cuenta Corriente Tributaria.

Requisitos para poder acogerse

Para beneficiarse de la Cuenta Corriente Tributaria, las empresas deben cumplir con algunos criterios clave:

  • La empresa debe estar legalmente obligada a presentar periódicamente autoliquidaciones de impuestos
  • Es necesario que al menos el 40% de los créditos a favor del contribuyente en el año anterior representen el 40% o más de la deuda tributaria total de ese mismo año
  • La empresa debe estar registrada en el censo correspondiente, lo que indica que es una entidad legalmente reconocida
  • Durante el último año, la empresa debe haber presentado en plazo todas las autoliquidaciones y declaraciones requeridas por la ley
  • No debe haber deudas tributarias en período ejecutivo, a menos que estén aplazadas o suspendidas, ni deudas pendientes de responsabilidades civiles por delito contra Hacienda
  • La empresa no debe haber renunciado ni haber sido excluida del sistema de Cuenta Corriente Tributaria durante el año en el que se presenta la solicitud ni en el año anterior

¿Cómo se debe proceder?

Si has decidido acogerte a la Cuenta Corriente Tributaria, pero no sabes cómo hacerlo, sigue leyendo. Tu empresa deberá presentar el modelo de “Solicitud de inclusión/comunicación de renuncia al sistema de cuenta corriente en materia tributaria”. Esto se lleva a cabo en el portal oficial de la Agencia Tributaria. Deberás seguir los pasos indicados para rellenar la solicitud. Ten en cuenta que la AEAT tendrá tres meses desde ese momento para decidir si aprueba o no tu inclusión en la CCT.

Normalmente la Administración puede excluir a alguien de este sistema en casos como:

  • Incumplimiento de requisitos
  • Entrada en concurso de acreedores
  • Muerte, incapacidad o disolución del contribuyente
  • Falta de pagos en plazo
  • Presentación de autoliquidaciones con solicitud de compensación improcedente

Para obtener asesoramiento detallado y garantizar una transición sin problemas hacia la CCT, recomendamos a las empresas que se pongan en contacto con nosotros en Capital Auditors. Estamos aquí para ayudarle a aprovechar al máximo esta oportunidad y asegurarnos de que su empresa cumpla con sus responsabilidades fiscales.

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