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Todo lo que necesitas saber antes del fin de la prórroga de los ERTEs el 31 de Marzo

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todo lo que necesitas saber antes del fin de la prorroga de los ertes el 31 de marzo

El pasado 23 de febrero se publicó en el B.O.E. el Real Decreto-ley 2/2022, de 22 de febrero, que dispone en su disposición adicional primera, la prórroga automática de los ERTEs por fuerza mayor aún vigentes hasta el próximo 31 de marzo de 2022.

Durante este período y hasta el 31 de marzo, se seguirán aplicando exactamente las mismas medidas que hasta ahora, excepto en los porcentajes de bonificación que disminuyen respecto a los anteriores, pero con los mismos requisitos de aplicación.

Ésta es la última prórroga de estos ERTEs. Por lo que, aquellas empresas que necesiten nuevas medidas a implementar después del 31 de marzo, deben ponerse en contacto con su gestor de nóminas habitual para buscar la solución más adecuada según la problemática existente en su actividad.

Por último, también se prorroga la prestación extraordinaria de los trabajadores fijos-discontinuos, prevista en el artículo 7 del anterior Real Decreto.

Cuáles son los ERTEs de la reforma laboral

Actualmente, hablamos de un ERTE puesto que ya no estaría vinculado a la pandemia del Covid sino a otras razones, ya sean económicas, de fuerza mayor o limitaciones en la actividad de la empresa:

  • Causas económicas, técnicas, organizativas o de producción de carácter temporal (artículo 47.2 ET).
  • Una causa derivada de fuerza mayor temporal (artículo 47.5 ET).
  • Impedimentos o limitaciones en la actividad normalizada de la empresa que sean consecuencia de decisiones adoptadas por la autoridad pública competente, incluidas aquellas orientadas a la protección de la salud pública (artículo 47.6 ET).

En la más reciente reforma laboral se modificaron aspectos relacionados con los ERTEs para combatir ciertas necesidades estructurales, por lo que tras el fin de la nueva prórroga de los ERTEs COVID, las empresas que se vean en la necesidad de acogerse a este mismo mecanismo lo deberán hacer a través de la vía del “nuevo” artículo 47 o 47 bis, del Estatuto de los Trabajadores, puesto que la gran mayoría de entidades lo que tienen actualmente son causas ETOP.

Por otro lado, hay constancia de que los sectores del turismo, la hostelería y las agencias de viajes, han solicitado formalmente una nueva prórroga de los ERTEs vinculados a la pandemia, puesto que ellos siguen sufriendo las consecuencias de las restricciones sanitarias derivadas del Covid.

Ahora que ya estás al tanto de todos los detalles del fin de la prórroga de los ERTEs, desde Capital Auditors te recomendamos que te pongas en contacto con tu gestor de confianza para revisar las nóminas que se verían afectadas por dicha situación.

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