Se moderniza el régimen de acceso al ROAC

La transformación y digitalización que está experimentando la sociedad española y su actividad económica no es ajena a la auditoría de cuentas y es por ello que el ICAC considera necesario revisar el régimen de acceso al ejercicio de la actividad de la auditoría de cuentas para determinar si el actualmente vigente es suficiente para abordar los desafíos a los que se enfrenta la auditoría de cuentas.

Los requisitos que establece la Ley de Auditoría de Cuentas para obtener la autorización e inscripción en el ROAC han experimentado pocos cambios desde su origen por lo que se ha decidido la constitución de un grupo de trabajo que se encargará de elaborar un documento con las propuestas de modernización del régimen de acceso al ROAC antes del 31 de julio de 2022. Esta fecha sólo podrá extenderse por razones debidamente justificadas.

Pero… ¿a qué se debe esto?

Es muy probable que la razón resida en la denuncia de Bruselas a España por no modernizar las normas de auditoría. Los revisores, que se rigen por unas reglas de hace veinte años, esperan una ley que reforzará el control, aún más necesario en época de crisis, y que limitará su responsabilidad.

A tan sólo tres días de que se cumpla un año desde que expiró el plazo para la adaptación de la Octava Directiva de Auditoría, la Comisión Europea decidió ayer llevar ante el Tribunal de Justicia Europeo a España, además de a Italia, Irlanda y Austria.

La directiva, cuyo último plazo de adaptación a las legislaciones nacionales finalizó el pasado 29 de junio, armoniza el actual sistema legal por el que se rigen los revisores de cuentas en materia de responsabilidad, independencia, incompatibilidades, régimen sancionador y supervisión en todos los Estados miembros. En España, trasponer la directiva supone modificar el régimen de la Ley de Auditoría de Cuentas, de 1988.

Los auditores nacionales llevan esperando la adaptación de esta directiva desde su publicación en 2006. No obstante, siempre han manifestado que, a pesar de sus advertencias a los organismos encargados de su transposición sobre el retraso respecto a otros países de la UE, prefieren que se realice una adaptación completa y consensuada mediante el desarrollo de una nueva ley para el sector.

Prioridades

La mayoría de los actores del sector de la revisión de cuentas acusa del retraso en la reforma en España a las últimas elecciones generales, celebradas en marzo de 2008, que frenaron el curso de la transposición, y la crisis financiera y al cambio en la vicepresidencia económica de Pedro Solbes por Elena Salgado, que han relegado las necesidades de los auditores a un segundo plano.

La directiva supone un importante avance para el sector, sobre todo, en España, el único país europeo donde estos profesionales cuentan con una responsabilidad ilimitada. Con la nueva regulación, la responsabilidad será limitada. Durante los últimos siete años, el principal cambio normativo en auditoría vino de la mano de la Ley Financiera desarrollada en 2002, como consecuencia de los escándalos contables mundiales como Enron, Worldcom o Parmalat.

Según José Ramón González, presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (Icac, organismo dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda, responsable de la elaboración de las normas que regulan el sector), “la mayor parte de la directiva ya está recogida en el ordenamiento español, tras la modificación realizada en la norma financiera. Aun así, el Instituto ya ha elaborado un proyecto de ley (dado que algunas de las modificaciones deben realizarse por ley, como la relación de auditores entre terceros países) que ya está en condiciones de ser puesto en tramitación”.

Según González, “en el Icac estamos en la última fase. Ahora, dependerá de las prioridades parlamentarias en materia económica. En todo caso, desde el Instituto consideramos la adaptación de la directiva como algo prioritario”.

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