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Novedades tributarias de la LPGE para empresas

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A finales del año pasado se publicaron los nuevos presupuestos generales del Estado, en adelante la LPGE, con nuevas medidas relativas a impuestos. ¿Qué debemos tener en cuenta en cuanto a novedades tributarias en 2023 introducidas por la Ley de Presupuestos Generales del Estado? En concreto, vamos a ver las implicaciones en el IRPF y el Impuesto de Sociedades que deben tener en cuenta las empresas.

Novedades tributarias de la LPGE

La Ley 31/2022, de 23 de diciembre lleva consigo novedades que afectan al IVA y a muchos otros impuestos, pero en este artículo nos centraremos exclusivamente en el IRPF y en el IS. Si tienes un negocio, esto te interesa.

Novedades de la LPGE en el IRPF

Una de las principales modificaciones que tenemos que tener presentes es que se ha ajustado el artículo 20 de la Ley de IRPF. En concreto, se incrementan los importes que minorarán los rendimientos netos del trabajo, y la cuantía por debajo de la que se aplica la reducción.

Esta tabla indica cómo se aplicará a día de hoy:

novedades tributarias lgpe
NOVEDADES TRIBUTARIAS DE LA LPGE PARA EMPRESAS 4

Además, de lo dicho, desde este año el mínimo para tener que declarar obligatoriamente se eleva de los 14.000 a los 15.000 euros, siguiendo el artículo 96.3 LIRPF.

Respecto al RAE o Rendimiento Neto de Actividades Económicas, vemos un aumento de los importes que minorarán los rendimientos netos de actividades económicas inferiores a 19.747,50 euros.

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NOVEDADES TRIBUTARIAS DE LA LPGE PARA EMPRESAS 5

Novedades de la LPGE en el Impuesto de Sociedades

Otro punto a tener en cuenta sobre los nuevos presupuestos generales hace referencia al Impuesto de Sociedades. En concreto, para aquellas empresas cuyo INCN no alcance un millón de euros, habrá un gravamen reducido del 23%. Esta ventaja fiscal que se establece para las pymes se aplicará siempre y cuando no tengan la consideración de entidades patrimoniales de acuerdo con lo dispuesto en la normativa del Impuesto sobre Sociedades.

Las empresas que quieran sumarse al cambio de vehículos más sostenibles, podrán beneficiarse de la amortización acelerada, multiplicando por 2 el coeficiente de amortización según las tablas aprobadas.

En la actualidad, los elementos de transporte se pueden amortizar al 16%, por lo que de cumplirse los requisitos anteriores, el coeficiente de amortización máximo será del 32%.

Los vehículos que podrán acogerse a esta amortización acelerada son los siguientes:

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Estas son algunas de las diversas medidas que deberán tener presentes los empresarios y trabajadores a partir de este año. Para profundizar, se puede consultar a un profesional y también leer la ley completa recogida en el BOE.

¿Quieres resolver más dudas respecto a las novedades de la LPGE? Capital Auditors puede asesorarte y ayudarte a realizar todos los trámites que necesites. Contacta sin compromiso.

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